Desde hace unos meses, los criterios de adjudicación de los contratos de Servicio de Control de Calidad de obras que Infraestructures.cat aplica han variado radicalmente.
Con anterioridad, los criterios se repartían entre:
- 60% en la puntuación económica, valorándose el mejor aquella que tuviera una baja más elevada sin incurrir en temeridad.
- 40% en la puntuación técnica englobando la propuesta organizativa, el plan de aseguramiento de calidad del servicio y le mejoras adicionales en la ejecución del contrato que el contratista pudiera ofrecer.
Con la entrada en vigor de la nueva ley 9/2017 ha pasado a criterio único, EL PRECIO.
‘La aplicación de más de un criterio de adjudicación procederá, en todo caso, en la adjudicación de los siguientes contratos: …
… g) Contratos de servicios, excepto que las prestaciones estén perfectamente definidas técnicamente y no sea posible variar los plazos de entrega ni introducir modificaciones de ninguna clase en el contrato, siendo el precio el único factor determinante de la adjudicación.
En los contratos de servicios que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, … ‘
- El plazo de entrega del resultado de ensayo objeto del contrato depende del procedimiento de la norma de ensayo y también de varios factores, localización, capacidad, especialización y organización del laboratorio en cuestión, procedimiento de comunicación, formación y experiencia de su personal entre otro
- Pueden introducir modificaciones al contrato como variación de frecuencia de ensayo según necesidades de la obra o de los propios resultados, realización de ensayos complementarios en función de bajas de calidad, estudios especiales, etc.
- El servicio tiene elevado componente INTELECTUAL, todos los laboratorios se rigen por el procedimiento de gestión recogido en la norma ISO 17025 donde se definen requisitos organizativos, y requisitos tecno donde se incluye la necesidad de disponer de personal titulado y formado interna y externamente para habilitarse en la relación de ensayos.
Por estos motivos, ALAC se encuentra en total desacuerdo con el nuevo sistema de contratación y ya establecido comunicación tanto con Infraestructuras de Cataluña S.A. como con la Dirección General de Contratación de la Generalitat de Cataluña con el fin de corregir este hecho y que se apliquen criterios de calidad evaluables por encima del 50%.
Por otro lado se está colaborando con las otras Asociaciones de Laboratorios estatales para analizar conjuntamente los Pliegos que presenten estas anomalías.